miércoles, agosto 26, 2026
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Corte avala la reforma pensional y devuelve 10 puntos a la Cámara

La Corte Constitucional avaló los ejes centrales de la reforma pensional y devolvió 10 puntos del articulado a la Cámara de Representantes para un nuevo trámite. La decisión mantiene la arquitectura de cuatro pilares y fija la entrada en vigencia del sistema para abril de 2027.

Revisión de la reforma pensional

Siete magistrados concluyeron que el grueso de los 95 artículos fue aprobado correctamente, pero consideraron que quedaron sin trámite varias proposiciones presentadas durante el debate legislativo. La Cámara deberá examinarlas en los apartes que retornaron al Congreso, entre ellos el artículo 14 sobre las prestaciones del sistema.

Ese artículo define los pagos para quienes tengan derecho a recibir pensiones de jubilación, invalidez u otros recursos. La Corte prevé que la Cámara debata una propuesta presentada por el entonces congresista Armando Zabarín.

La revisión también abarca disposiciones sobre las semanas que podrán descontarse a las mujeres con hijos para cumplir los requisitos de pensión, la inversión de recursos administrados por el sistema y los principios para el manejo del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo por parte del Banco de la República.

Dentro de los apartes devueltos figura la regla que contempla una reducción de 50 semanas de cotización por cada hijo nacido vivo o adoptado para las mujeres, hasta un máximo de tres hijos y con una base mínima de 850 semanas. La norma señala que esta medida opera de forma subsidiaria cuando no se alcancen las semanas mínimas mediante el sistema de equivalencias.

Los pilares que quedaron avalados

El fallo deja en pie el cambio del esquema actual, en el que compiten el régimen de ahorro individual y el fondo público, hacia un modelo de cuatro pilares. La reforma no modifica la edad mínima de jubilación: 57 años para las mujeres y 62 para los hombres, ni la cotización equivalente al 16% de los ingresos de los trabajadores.

El pilar solidario establece un subsidio mensual para adultos mayores en condición de pobreza. El semicontributivo está previsto para quienes aportaron al sistema sin alcanzar una pensión y combina sus ahorros con un subsidio.

Por su parte, el pilar contributivo contempla una mesada con recursos administrados por el Estado y un monto definido a partir de los ingresos de los últimos años de vida laboral. El componente de ahorro individual será adicional a ese pilar y se financiará con aportes manejados por fondos privados.

Uno de los debates centrales de la reforma fue el umbral para ingresar al componente de ahorro individual. La propuesta inicial del Gobierno era de 5,2 salarios mínimos, pero el Congreso aprobó finalmente un umbral de 2,3 salarios mínimos.

La Corte otorgó a la Cámara 30 días hábiles para tramitar los puntos devueltos. Si el nuevo examen produce cambios, el texto podrá conciliarse con el Senado durante la actual legislatura, que se extiende hasta junio de 2027. El sistema pensional empezará a regir en abril de ese año.

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