La Comisión Primera del Senado aprobó en primer debate la reforma constitucional del senador Enrique Gómez que propone cerrar la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) en marzo de 2028. El proyecto también plantea trasladar los procesos pendientes a la justicia ordinaria, una medida frente a la cual la JEP advierte riesgos para los derechos de las víctimas.
Cierre de la JEP y procesos
El texto dispone que los procesos aún abiertos al vencimiento del plazo pasen a la justicia ordinaria. A la vez, prevé que las decisiones en firme y las pruebas practicadas conserven sus efectos. También plantea que el cambio de jurisdicción, por sí solo, no imponga condiciones procesales más gravosas a los comparecientes. Son disposiciones de una reforma que todavía debe superar el trámite legislativo.
La JEP advirtió que un cierre definitivo en marzo de 2028 podría dejar investigaciones y juicios sin concluir. A su juicio, esa posibilidad pondría en riesgo los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición. El tribunal cuestionó además la eliminación de la fase prevista para el juzgamiento y la definición de situaciones jurídicas pendientes.
Sobre el traslado, el tribunal considera que podría afectar la garantía del juez natural y dificultar la continuidad de procesos complejos sobre los crímenes más graves del conflicto armado. Para la JEP, el cambio no eliminaría las obligaciones del Estado ni los costos de atender esos casos, que recaerían en otra jurisdicción.
La entidad alertó asimismo sobre una posible afectación de compromisos internacionales de Colombia y la eventual reactivación del escrutinio de la Corte Penal Internacional. La senadora Carolina Corcho, del Pacto Histórico, planteó por su parte reparos sobre las garantías constitucionales de la justicia transicional y la seguridad jurídica de quienes comparecen ante la JEP.
El límite que aún se debate
La iniciativa obtuvo 11 votos a favor y ninguno en contra en la Comisión Primera del Senado el 28 de octubre. Los congresistas de oposición se ausentaron del debate. Esa votación fue apenas la primera de las ocho requeridas para reformar la Constitución: permite continuar el trámite, pero no modifica todavía el periodo de funcionamiento de la jurisdicción.
El proyecto propone un periodo máximo e improrrogable de diez años para la JEP, contado desde la entrada en operación de la totalidad de sus salas y secciones. Con ese límite, la jurisdicción tendría que terminar sus funciones en marzo de 2028, y los expedientes que sigan abiertos pasarían a la justicia ordinaria.
El marco constitucional vigente contempla una etapa posterior de cinco años para concluir la labor judicial. Esa fase puede prorrogarse bajo determinadas condiciones y por solicitud de los magistrados de la JEP. La reforma busca eliminar esa posibilidad de extender el tiempo de actividad de la jurisdicción.
Gómez, del Movimiento de Salvación Nacional, sostiene que la justicia transicional debe conservarse, pero con los asuntos pendientes a cargo de la justicia ordinaria. Durante la discusión cuestionó los gastos, la contratación y los tiempos de resolución de la JEP. La discusión continuará el 4 de noviembre en un foro con víctimas, magistrados de las altas cortes, firmantes del Acuerdo de Paz y otros participantes. Después, la reforma aún deberá superar las votaciones y los requisitos constitucionales restantes.

















