El Juzgado Tercero Promiscuo de Puerto Asís suspendió de forma temporal el plan piloto de la Policía Nacional para asperjar cultivos de uso ilícito con glufosinato de amonio en Putumayo. La medida detiene la iniciativa mientras las entidades requeridas entregan información para resolver una tutela promovida por una fundación.
Tutela contra el plan piloto
La Policía había anunciado durante la semana un plan de retorno de la aspersión aérea que contemplaba tratar hasta 1.000 hectáreas, principalmente en Putumayo. La propuesta sustituye el glifosato por glufosinato de amonio y buscaba aportar elementos para una eventual estrategia nacional de erradicación con esa fórmula.
La suspensión fue ordenada tras la admisión de una acción de tutela presentada por la Fundación Tiempo de Cambios para la Transformación Social. El despacho resolvió mantener la medida provisional hasta contar con elementos suficientes para decidir de fondo la controversia constitucional.
La tutela sostiene que no deben ejecutarse las aspersiones sin evidencia científica objetiva, independiente y rigurosa que descarte riesgos para la salud humana, las fuentes hídricas, los cultivos lícitos, la biodiversidad y los polinizadores naturales, como las abejas. La organización pidió proteger derechos como la vida, la salud, el agua, el ambiente sano y la participación ciudadana.
La fundación precisó que su acción no se opone a la erradicación de cultivos ilícitos ni a la lucha antinarcóticos. Su planteamiento exige que esa política se aplique dentro de los límites constitucionales y ambientales.
Información requerida a las entidades
El juzgado requirió con carácter urgente al Consejo Nacional de Estupefacientes, los ministerios de Justicia y Defensa, la Dirección Antinarcóticos de la Policía Nacional y el Departamento de Putumayo para que aporten información detallada sobre la estrategia.
Entre los datos solicitados están los municipios y divisiones territoriales incluidos en el polígono de intervención, la eventual suscripción de un acta de inicio del piloto y la existencia de procesos contractuales vinculados. También deberán reportar si analizaron la necesidad de realizar consulta previa con comunidades étnicas.
La lectura preliminar del acto administrativo, señaló el juez, no permitía identificar con claridad la delimitación de los polígonos, los municipios que podrían intervenirse, las características ambientales de las áreas seleccionadas, las comunidades potencialmente afectadas ni los criterios usados para definir el alcance territorial.
La Policía había descrito la iniciativa como una fase experimental controlada, limitada y temporal, ejecutada con dos aeronaves AT-802 en polígonos habilitados. También indicó que la prueba no implicaba la reanudación ni la autorización definitiva de un programa de aspersión aérea general o nacional.
El glufosinato de amonio está clasificado por la Organización Mundial de la Salud en clase II, moderadamente peligroso dentro de su escala de toxicidad. La decisión judicial seguirá vigente mientras la Policía y las autoridades ambientales entregan los soportes sobre riesgos, planeación y condiciones de ejecución del piloto.











