La Corte Constitucional ordenó a la Alcaldía de Uribia y a Esepgua implementar en 48 horas un esquema temporal de suministro de agua apta para consumo humano en comunidades wayuu afectadas por un riesgo sanitario. La medida busca proteger especialmente a la niñez mientras avanzan las evaluaciones sobre la fuente de abastecimiento.
Riesgo sanitario en la fuente
La decisión está contenida en el Auto 1201 de 2026, emitido por la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-302 de 2017. La orden surgió tras una inspección judicial realizada el 27 de agosto en el corregimiento de Jojoncito, en Uribia, con apoyo técnico de la Universidad del Magdalena.
Durante la visita fueron revisadas las condiciones de abastecimiento de Waimpiralein y otros asentamientos cercanos. Las comunidades obtienen agua de un reservorio de escorrentía superficial en el que se detectaron condiciones que podrían afectar su aptitud para el consumo humano.
El magistrado ponente Carlos Camargo señaló la posible presencia de heces fecales de animales y una coloración verdosa asociada a microorganismos acuáticos. Las muestras de agua recogidas durante la inspección permanecen en trámite de análisis de laboratorio.
La Corte reportó que 8 de cada 10 niños wayuu no acceden al mínimo de agua potable requerido para consumo humano. Los testimonios recogidos durante el recorrido mostraron que familias de la zona han pasado de recolectar agua lluvia a excavar el subsuelo junto al arroyo para encontrarla.
El esquema ordenado para Uribia deberá operar mediante carrotanques y tanques de almacenamiento, bajo protocolos permanentes de calidad, limpieza y desinfección. Se trata de una medida cautelar, transitoria y revisable para reducir el riesgo sanitario mientras se define una respuesta de mayor alcance.
Al Ministerio de Vivienda se le dio un plazo de 15 días hábiles para presentar una alternativa temporal de tratamiento o purificación adecuada a las condiciones encontradas, con participación de la comunidad wayuu. Entre las opciones planteadas está la posible instalación de filtros de purificación.
En 30 días hábiles, el Ministerio de Vivienda, la Alcaldía de Uribia, Esepgua y las demás entidades técnicamente competentes deberán entregar una propuesta preliminar para una solución sostenible de abastecimiento en Waimpiralein y las comunidades directamente afectadas.
La providencia también ordenó al Ministerio de Vivienda evaluar en 60 días hábiles si existen situaciones semejantes en comunidades wayuu de Riohacha, Uribia, Manaure y Maicao. La Procuraduría vigilará el cumplimiento de las órdenes, y el Ministerio del Interior deberá traducir la parte resolutiva al wayuunaiki y divulgarla mediante mecanismos culturalmente adecuados.











