El recargo dominical al 90% empezó a aplicarse en Colombia desde el 1 de julio de 2026 y obliga a recalcular la nómina de quienes trabajan domingos y festivos. A mitad de mes llegará el segundo ajuste: el 15 de julio de 2026 la jornada máxima ordinaria bajará a 42 horas semanales, con efectos directos en turnos, horas extra y recargos.
Qué cambia desde el 1 de julio: recargo dominical y festivo al 90%
El alza del recargo por laborar en días de descanso obligatorio hace parte de la implementación gradual de la Ley 2466 de 2025 (reforma laboral). En esta etapa, el recargo sube al 90% sobre el valor de la hora ordinaria y se mantendrá vigente hasta junio de 2027, antes de pasar al 100% en julio de 2027.
El cronograma venía de un 80% entre julio de 2025 y junio de 2026, tras haber estado en 75% hasta junio de 2025. El cambio impacta, sobre todo, a trabajadores con turnos dominicales o festivos, porque modifica el cálculo de esos días en la liquidación mensual.
A ese ajuste se suma otra regla ya vigente. Desde el 25 de diciembre de 2025, la jornada nocturna 7:00 p.m. a 6:00 a.m. tiene recargo nocturno del 35%, que también aplica a las horas extra nocturnas. Daniel Contreras, socio de la firma Godoy, advirtió que el costo puede subir cuando un turno dominical coincide con horario nocturno, por la acumulación de recargos.
El 15 de julio entra el tope de 42 horas: qué se mantiene y qué se redistribuye
El 15 de julio de 2026 culmina la reducción gradual prevista en la Ley 2101 de 2021: la jornada máxima legal ordinaria bajará de 44 a 42 horas semanales. Según explicó Laura Pérez, abogada especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social de Scola Abogados, la reducción no implica bajar salario, prestaciones ni el valor de la hora ordinaria.
El cambio, en la práctica, se concentra en cómo las empresas distribuyen el tiempo dentro del nuevo límite. Pérez indicó que, en los esquemas del artículo 165 del Código Sustantivo del Trabajo para periodos de tres semanas, el máximo permitido también disminuye: pasa de 138 a 132 horas y, desde el 15 de julio de 2026, a 126 horas.
De forma paralela, el ajuste impacta cálculos usados en nómina. Con 42 horas semanales, la jornada mensual quedará en 182 horas y las horas incluidas en el sueldo pasarán a 214, de acuerdo con el detalle del cronograma de reducción progresiva.
Nómina y turnos: por qué julio exige ajustes finos en horas extra y recargos
Carolina Castro de la Torre, directora del área de Derecho Laboral de Posse Herrera, señaló que el mes requiere especial cuidado porque las disposiciones rigen en fechas distintas. En particular, las horas que excedan las 42 semanales solo se considerarán extras a partir del 15 de julio, lo que obliga a ajustar la parametrización de los sistemas de nómina.
Los especialistas también plantearon que la implementación no se limita a “mover horarios”. Exige revisar programación de turnos, cargas de trabajo y ciclos de rotación, especialmente en operaciones nocturnas o de fin de semana como comercio, servicios, logística, vigilancia, BPO, salud, bares y restaurantes, hotelería y centros de contacto.
Además, el panorama de costos laborales de 2026 incorpora el salario mínimo, fijado en $1.750.905, y el auxilio de transporte de $249.095 para quienes devengan hasta dos salarios mínimos. En ese escenario, los expertos insistieron en que el mayor riesgo está en la liquidación: errores en el registro de horas extra o en el pago de recargos pueden derivar en sanciones del Ministerio del Trabajo y reclamaciones judiciales por pagos incompletos.














