Los vencimientos DIAN julio se reajustaron por la incorporación de un nuevo festivo nacional el 9 de julio. Con el cambio, varias obligaciones tributarias que caían en ese periodo quedaron escalonadas entre el 9 y el 24 de julio, según el último dígito del NIT.
El nuevo festivo y el ajuste formal del calendario
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) movió los plazos de vencimiento previstos para julio después de la expedición de la Ley 2578/26, que declaró como festivo nacional el 9 de julio, en conmemoración de la Virgen de Chiquinquirá.
El ajuste aplica sobre un grupo de declaraciones y pagos que se ordenan por el NIT. Por eso, la entidad recomendó a ciudadanos y empresas revisar las fechas para evitar sanciones por extemporaneidad. La DIAN también indicó que el resto de compromisos del calendario tributario nacional se mantiene sin cambios.
Fechas por último dígito del NIT: del 9 al 24 de julio
De acuerdo con el cronograma divulgado por la DIAN, los vencimientos quedan así: NIT terminados en 1, 9 de julio; en 2, 10 de julio; en 3, 14 de julio; en 4, 15 de julio; en 5, 16 de julio; en 6, 17 de julio; en 7, 21 de julio; en 8, 22 de julio; en 9, 23 de julio; y en 0, 24 de julio.
En este bloque se incluyen tributos y trámites como la retención en la fuente, el IVA bimestral, el impuesto nacional al consumo, la presentación y pago del anticipo del régimen Simple de tributación y el pago de la segunda cuota del impuesto sobre la renta para personas jurídicas.
Pagos con fecha única (15 de julio) y el recordatorio del predial en Bogotá
Además del esquema por NIT, la DIAN mantendrá obligaciones con un límite unificado. En ese grupo, los responsables del impuesto al carbono, de gasolina y ACPM, y quienes deban responder por tributos a bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados tienen como fecha tope el 15 de julio.
Ese mismo plazo aplica para personas no residentes o entidades no domiciliadas con presencia económica significativa (PES), y para prestadores de servicios desde el exterior encargados de declarar el IVA.
Para los pagos, se mantienen los canales virtuales de la DIAN y, en modalidad presencial, las entidades bancarias autorizadas y puntos CADE habilitados en Bogotá.
En paralelo, la Secretaría de Hacienda de Bogotá recordó que el 10 de julio vence el plazo para pagar el impuesto predial sin intereses ni sanciones. La entidad recomendó usar únicamente su portal oficial para reducir el riesgo de fraudes a través de enlaces enviados por mensajes de texto o correos electrónicos. En su balance, el Distrito reportó 4,5 billones de pesos recaudados, equivalentes al 86% de la meta anual, y dijo que más de 2,3 millones de predios ya cumplieron con el pago.














