El Gobierno Nacional ha formalizado el Decreto 0173 del 24 de febrero de 2026, una medida excepcional que establece un impuesto temporal al patrimonio para personas jurídicas. Esta iniciativa surge bajo el marco de la Emergencia Económica, con el objetivo primordial de recaudar $8 billones de pesos destinados a mitigar los estragos causados por la intensa ola invernal que atraviesa el país. Según el Ministro de Hacienda, Germán Ávila, el recaudo se realizará de forma acelerada para responder con inmediatez a las poblaciones más vulnerables.
La normativa estipula que el gravamen afectará a empresas con un patrimonio líquido superior a 200.000 UVT (aproximadamente $10.474 millones de pesos). Se ha fijado una tarifa general del 0,5%, no obstante, se aplicará una tarifa diferencial del 1,6% para sectores de alta rentabilidad como el financiero y las actividades de extracción de carbón y petróleo. El pago se dividirá en dos cuotas iguales, con vencimientos el 1 de abril y el 4 de mayo de 2026, garantizando liquidez inmediata para el Estado.
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El sustento técnico de este decreto radica en la crítica situación climática reportada el pasado 11 de febrero, donde se contabilizaron 65 emergencias en 61 municipios de ocho departamentos. Los daños incluyen inundaciones, movimientos en masa y erosión costera provocados por un frente frío persistente. Es importante anotar que el decreto excluye a las empresas del sector salud, compañías intervenidas por el Estado y prestadoras de servicios públicos en zonas de calamidad, buscando no afectar servicios básicos esenciales.
Este esfuerzo fiscal se presenta como la principal herramienta del Ejecutivo para reconstruir infraestructura y atender a los damnificados. Expertos señalan que este es uno de los recaudos más ambiciosos bajo la figura de emergencia en la historia reciente de Colombia. Desde Nación Colombia, informamos que el incumplimiento en los plazos generará sanciones, por lo que las empresas obligadas deben ajustar sus calendarios tributarios a la brevedad.

