El expresidente Gustavo Petro solicitó autorización al Senado para salir de Colombia durante el año posterior al fin de su mandato. El trámite responde a una restricción prevista en la Constitución para quienes han ocupado la Presidencia y somete sus viajes al exterior a una decisión previa de la corporación.
Permiso del Senado para viajar
Petro presentó la petición el 10 de agosto de 2026 ante la mesa directiva y la Secretaría General del Senado. En la carta pidió que se le autorice a atender compromisos fuera del país de carácter personal, social, político y académico durante todo el año siguiente al ejercicio de sus funciones como presidente.
El exmandatario solicitó que el documento sea llevado a discusión y votación en la Plenaria del Senado en la sesión más próxima. La solicitud no corresponde a un solo desplazamiento: busca cubrir las salidas del país que requiera durante el período de un año establecido en la norma constitucional.
La base de la petición está en el artículo 196 de la Constitución Política de Colombia. Esa disposición señala que el presidente de la República, o quien haya ocupado la Presidencia como encargado, no puede salir del país dentro del año posterior al cese de sus funciones sin permiso previo del Senado.
Una restricción durante doce meses
Petro terminó su período presidencial el 7 de agosto de 2026. Por ello, la exigencia de obtener autorización del Senado para viajar al exterior se mantiene hasta el 7 de agosto de 2027, cuando se cumple un año desde su salida de la Presidencia.
La regla no fue creada específicamente para Petro. Está vigente desde la Constitución de 1991 y se aplica a todas las personas que hayan ejercido la jefatura de Estado, incluidos quienes la hayan ocupado a título de encargo.
Además del artículo 196, la comunicación remitida por Petro invoca el numeral 3 del artículo 173 de la Constitución y el artículo 323 de la Ley 5.ª de 1992, correspondiente al Reglamento del Congreso. Estas normas contemplan el otorgamiento de licencias por parte del Senado.
La restricción forma parte de los controles constitucionales que continúan durante el período inmediatamente posterior al mandato presidencial. Su alcance abarca las salidas del territorio colombiano y exige una autorización previa de la cámara alta.
El siguiente paso es que la petición sea considerada por la plenaria del Senado, tal como lo pidió el expresidente en su carta. Hasta que se cumpla el año posterior al término de sus funciones, cualquier viaje al exterior queda sujeto a ese permiso.

















