El Ministerio de Educación Nacional expidió la Resolución No. 019805 del 30 de septiembre de 2025, en la que definió los porcentajes de incremento autorizados para las matrículas, pensiones y cobros periódicos de los colegios privados en Colombia para el año 2026.
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Según la norma, la base de cálculo será el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de los últimos 12 meses, con corte a agosto de 2025, que fue de 5,10%. A partir de este valor, los colegios podrán sumar puntos adicionales según distintos criterios como la calidad institucional, la permanencia escolar, el trabajo con estudiantes con discapacidad y el reconocimiento salarial a los docentes.
De esta forma, los incrementos para el próximo año oscilarán entre 5,26% y un máximo de 9,1%. El aumento deberá considerar aspectos como la tasa de aprobación, el porcentaje de estudiantes matriculados y el índice de permanencia escolar.
Adicionalmente, los colegios que implementen estrategias de educación inclusiva y atiendan a estudiantes con discapacidad podrán aplicar un aumento extra del 0,3%. Así mismo, los establecimientos que reconozcan salarios de acuerdo con el escalafón del Decreto 2277 de 1979 podrán incrementar hasta en 2,2% adicional sus tarifas.
El Ministerio recordó que el propósito de esta medida es garantizar que los ajustes en las tarifas estén en línea con la inflación y los criterios de calidad educativa, evitando incrementos desproporcionados para las familias.
Colprensa