jueves, julio 9, 2026
spot_img
InicioJudicialTribunal de Bogotá ordena a la policía nacional definir en 10 días...

Tribunal de Bogotá ordena a la policía nacional definir en 10 días el nivel de riesgo de exjefe Anticorrupción de la Dijín

El Tribunal Superior de Bogotá propinó un fuerte jalón de orejas institucional a la Policía Nacional. La Sala Penal del alto tribunal revocó un fallo de primera instancia y amparó formalmente los derechos fundamentales al debido proceso administrativo y de petición del coronel (r) Jorge Alexander Mora Cortés, exjefe del Área Investigativa Anticorrupción de la Dijín, ordenando que se defina su situación de seguridad en un plazo improrrogable de diez días.

Mora Cortés, quien lideró entre 2019 y 2025 los expedientes de corrupción más explosivos del país —incluyendo el desfalco de la UNGRD, el caso Odebrecht y los sobrecostos por la emergencia del covid-19—, denunció que la institución lo dejó desprotegido tras retirarle su esquema de seguridad sin una valoración técnica que justificara la decisión. El exoficial expuso ante los magistrados que las constantes amenazas en su contra lo obligaron a él y a su familia a exiliarse de Colombia.

Una demora injustificada que roza el peligro

La Policía Nacional intentó justificar el retiro de los escoltas argumentando que las condiciones del exoficial cambiaron una vez dejó el cargo en la Dijín para asumir una comisión diplomática en el exterior. Si bien el Tribunal reconoció que el levantamiento inicial del esquema no fue arbitrario porque cumplía con la normativa legal, centró su reproche en la excesiva e indefinida demora de la institución para realizarle un nuevo estudio de riesgo tras su retorno al país.

También le puede interesar: Alias Bendito Menor: De la Espriella lo declara objetivo de alto valor y ordena preparar su captura

El expediente judicial demostró que Mora Cortés entregó toda la documentación e información requerida en marzo de 2026. Desde entonces, la Policía dilató la respuesta con la excusa de que seguía «recopilando datos». Para la Sala Penal, la burocracia no puede estar por encima de la integridad de una persona.

“La recopilación de información no configura argumento para someter la definición del asunto a un plazo indeterminado (…). Esto constituye una afectación al debido proceso administrativo en conexidad con la vida e integridad personal”, sentenció la providencia del Tribunal.

Las claves y el alcance real del fallo judicial

El fallo, que revocó la decisión del Juzgado 19 Penal del Circuito de Bogotá, es un precedente de peso para los funcionarios que arriesgan su vida persiguiendo a las mafias de cuello blanco. Sin embargo, los magistrados hicieron precisiones técnicas clave sobre el alcance de la orden:

  • Sin restitución automática: La decisión no obliga a la Policía a devolverle el esquema de protección de inmediato. Lo que ordena es culminar el procedimiento de forma obligatoria.

  • Decisión técnica: La Dirección de Protección y Servicios Especiales de la Policía deberá notificar formalmente los resultados del análisis en 10 días y, con base en el porcentaje técnico de riesgo, determinar si amerita o no nuevas medidas de seguridad.

  • Sin vulneración de otros derechos: El Tribunal denegó las pretensiones de Mora Cortés sobre una supuesta violación directa a su vida por parte de la Policía, concluyendo que su salida del país fue una medida preventiva y personal antes de que el proceso administrativo terminara.

Para el coronel (r) Mora Cortés, este fallo representa un triunfo moral y judicial que deja en evidencia las preocupantes fallas y vacíos institucionales del Estado a la hora de proteger a quienes investigan la gran corrupción y las redes de criminalidad organizada en Colombia.

RELATED ARTICLES

Most Popular