La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) puso la lupa sobre la central de abastos más importante de Colombia. En una decisión que busca proteger el bolsillo de los consumidores y la libertad de mercado, el ente de control sancionó a la Corporación de Abastos de Bogotá (Corabastos) tras hallar pruebas de conductas que impedían la libre competencia dentro de sus instalaciones.
La sanción no solo incluye una multa económica significativa, sino que obliga a la central mayorista a reestructurar sus reglas de juego internas para permitir un mercado más abierto y justo.
¿Por qué sancionaron a Corabastos?
La investigación de la SIC determinó que Corabastos infringió la Ley 155 de 1959. Según la entidad, en el año 2022 la central modificó su reglamento interno de manera estratégica para crear «barreras artificiales». El objetivo de estos cambios era impedir el ingreso de nuevos comerciantes con características específicas, limitando así la oferta disponible.
Para la Superintendencia, este bloqueo no fue un detalle menor. Al restringir quién puede vender dentro de la central, se eliminaron presiones competitivas que, en condiciones normales, hubieran derivado en mejores precios, mayor calidad y más variedad para los tenderos, minoristas y familias que dependen de este nodo logístico.
«Esta barrera tuvo la potencialidad de excluir agentes que habrían traído beneficios al consumidor final», señaló la SIC en su comunicado oficial.
El impacto en el precio de los alimentos
Corabastos no es cualquier mercado; es el pulmón alimentario de Colombia. Por sus bodegas pasa más del 30% del abastecimiento nacional. Al ser un centro de referencia para la formación de precios, cualquier irregularidad en su funcionamiento interno termina afectando el costo de la canasta básica en tiendas de barrio y grandes superficies.
Al limitar la cantidad de compradores y vendedores, Corabastos también vulneró el derecho de los ciudadanos a elegir libremente y frenó la posibilidad de que los proveedores encontraran diversidad de clientes en el recinto.
Detalles de la multa y órdenes administrativas
La sanción económica, ratificada mediante la resolución 32553, se desglosa de la siguiente manera:
A la sociedad Corabastos: Una multa de $260.063.219 COP.
A personas vinculadas: Dos directivos o personas naturales relacionadas deberán pagar, en conjunto, $71.288.570 COP.
Más allá del dinero: El cambio normativo La SIC fue enfática: pagar la multa no es suficiente. Corabastos ha recibido órdenes administrativas claras para eliminar de inmediato los elementos anticompetitivos de su reglamento. De ahora en adelante, la central deberá garantizar un acceso equitativo a su infraestructura, asegurando que cualquier comerciante que cumpla con los requisitos legales pueda participar en la operación sin trabas arbitrarias.
Con esta medida, se espera que el flujo comercial en la central mayorista recupere su dinamismo, favoreciendo una competencia real que alivie la presión inflacionaria en el sector agroalimentario.


