martes, septiembre 9, 2025
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Alerta en la JEP: fallo por vulneración de derechos

El Consejo de Estado determinó que el presidente de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) vulneró los derechos fundamentales del antiguo secretariado de las FARC, al no dar respuesta de fondo a una petición formal presentada dentro de los procesos de justicia transicional.

La sentencia SRT-ST-204-2025 estableció que los exintegrantes del secretariado solicitaron que sus casos fueran tratados bajo una resolución única de conclusiones, en concordancia con el Acuerdo de Paz de 2016. Sin embargo, la presidencia de la JEP optó por avanzar con varias resoluciones separadas (una por secuestros, otra por reclutamiento de menores, entre otras), sin responder de manera adecuada y por las vías judiciales correspondientes a dicha solicitud.

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Según el fallo, el presidente de la JEP emitió un comunicado administrativo en lugar de una decisión jurídica sustentada, lo cual representó una afectación al debido proceso y a la participación efectiva de los comparecientes. El Consejo de Estado concluyó que esta actuación desconoció garantías esenciales y, por ello, ordenó que la petición fuera contestada de fondo, tal como exige la normatividad.

El tribunal resaltó que la JEP debe garantizar un equilibrio entre los derechos de las víctimas y las garantías procesales de quienes se sometieron al sistema, evitando decisiones que puedan interpretarse como arbitrarias. La sentencia advierte que este precedente obliga a la jurisdicción a mantener un estricto apego a la Constitución y al Acuerdo de Paz en todos sus actos.

Con este pronunciamiento, se abre un debate sobre la actuación del presidente de la JEP y los límites de su competencia, en medio de un contexto en el que la legitimidad de la justicia transicional es clave para avanzar en los compromisos adquiridos tras el proceso de paz.

SENTENCIA SRT-ST-204-2025_RODRIGO LONDOÑO Y OTROS

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