La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) aclaró que no ha decretado medidas cautelares ni adelanta procesos de cobros coactivos contra Reficar ni contra ninguna empresa importadora de combustibles.
La polémica fue provocada por el cobro de $1,5 billones por concepto de IVA que pretende hacer a Reficar.
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La institución aseguró que las importaciones de gasolina y ACPM se encuentran gravadas con una tarifa aplicable del 19%, norma que ratificaron los Conceptos 010763 (int 2305) de 2024 y 08922 (int 1324) de 2025, los cuales están disponibles para consulta en el Normograma de la DIAN.
Señaló que, en ejercicio de sus facultades de control y fiscalización, inició una serie de investigaciones en curso sobre las declaraciones de importación de combustibles bajo diferentes regímenes o modalidades, con el fin de verificar la correcta liquidación y pago de los tributos aduaneros (aranceles e IVA).
La investigación se fundamenta en que, según la Ley 1819 de 2016, los combustibles (gasolina y ACPM) están gravados con IVA; por lo tanto, los importadores deben declarar, liquidar y pagar los tributos aduaneros al momento de nacionalizar esos bienes.
“Los importadores que no hayan pagado estos tributos deben hacerlo. Para el efecto, la DIAN adelantará las investigaciones correspondientes manteniendo la reserva legal (artículo 17 del Decreto 920 de 2023) y garantizando el derecho al debido proceso y a la defensa en cada una de las instancias correspondientes”, concluyó la entidad.
Entre tanto, Reficar anunció recientemente la presentación de una acción de tutela a la DIAN, alegando que no debe pagar este dinero al considerar que vulnera el debido proceso.
Colprensa

