La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ha remitido a la jurisdicción de Justicia y Paz los expedientes de los procesos relacionados con el exjefe paramilitar, Salvatore Mancuso, que se encontraban en su jurisdicción. Esta decisión fue tomada luego de un requerimiento de la Procuraduría General de la Nación, que argumentó la invalidez de la tesis de la JEP sobre la inclusión de paramilitares como «bisagra» entre paramilitares y agentes del estado, argumentando que éstos no son destinatarios del Acuerdo final de Paz, de manera que su juez natural se encuentra en el sistema transicional de Justicia y Paz.
El Ministerio Público, en un requerimiento enviado a la JEP en octubre pasado, señaló que la Corte Constitucional rechazó la tesis planteada por la JEP, que permitía que paramilitares fueran incluidos en su jurisdicción si actuaron en el rol de «bisagra» entre paramilitares y agentes del Estado. La Corte determinó que estos actores no son destinatarios del Acuerdo Final de Paz, y por lo tanto, deben ser procesados bajo el sistema transicional de Justicia y Paz.
La Procuraduría también destacó que, conforme a la decisión de la Corte, los antiguos paramilitares no pueden ingresar a la JEP como terceros, ya que esa categoría está reservada para personas ajenas a los grupos armados involucrados en el conflicto armado.
Esta acción subraya el compromiso de las instituciones colombianas con la implementación del Acuerdo Final de Paz y el respeto por las decisiones de la Corte Constitucional en lo que respecta al acceso a la JEP.