La Corte Constitucional de Colombia emitió un fallo histórico al avalar el descanso remunerado para todas las personas gestantes que accedan a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) o sufran abortos espontáneos. La Sala Plena modificó el artículo 237 del Código Sustantivo del Trabajo tras identificar una omisión legislativa que limitaba este beneficio solo a mujeres cisgénero, excluyendo a hombres trans y personas no binarias con capacidad biológica de gestar. Con esta decisión, el alto tribunal vincula los derechos laborales directamente a la capacidad de gestar, protegiendo la igualdad y la salud de los trabajadores durante su convalecencia.
Esta sentencia refuerza el camino trazado desde febrero de 2022, cuando Colombia se convirtió en referente regional al despenalizar el aborto hasta la semana 24. Según cifras de Profamilia, el impacto de estas medidas es evidente: hasta febrero de 2025, cerca de 150.000 personas gestantes accedieron al procedimiento, lo que representa un incremento del 118% en comparación con periodos anteriores. Cabe resaltar que la eficacia del sistema ha mejorado, pues el 80% de estas intervenciones se realizaron antes de la semana 12 de gestación, lo que reduce significativamente los riesgos médicos.
Le puede interesar: https://nacioncolombia.com/bogota-proyecta-llegar-a-153-comedores-comunitarios-en-2026/
A pesar de los avances legales, organizaciones de derechos humanos denuncian que persisten barreras críticas, especialmente en zonas rurales y comunidades indígenas. Durante 2024, aunque se autorizaron más de 56.000 intervenciones mediante redes clínicas y telemedicina, la objeción de conciencia médica sigue siendo un obstáculo frecuente. Ante esto, la Corte ha sido enfática: si un profesional se rehúsa al procedimiento por creencias personales, el centro de salud está obligado a garantizar otro profesional capacitado para materializar la decisión del paciente de manera inmediata.
Finalmente, el fallo hace un llamado urgente al Ministerio de Salud para cerrar las brechas de acceso a la información, con especial atención en menores de edad y víctimas de violencia sexual. La inclusión del término «persona gestante» en la normativa laboral no es solo un cambio semántico, sino un avance hacia la universalidad de los derechos.
Colprensa

