Una nueva solicitud de recusación contra el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, presidente de la Corte Constitucional y ponente del expediente sobre la reforma pensional, fue radicada ante el alto tribunal tras la orden de recolección de nuevas pruebas dirigidas a la Presidencia de la República y a la Cámara de Representantes, en el marco del proceso de revisión de dicha ley.
En el escrito presentado ante el alto tribunal, el ciudadano Javier Ibáñez Romero alegó que ya existían antecedentes de recusación contra el magistrado Jorge Enrique Ibáñez en el marco del mismo proceso, incluyendo uno formulado por el presidente de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Fabio Arias. Aunque esas recusaciones anteriores fueron rechazadas, señaló que “hechos sobrevinientes y públicos” motivan la nueva solicitud.
El documento fue radicado dentro del expediente D-15989, correspondiente al control automático de constitucionalidad de la ley que crea el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, conocida como reforma pensional. Según el ciudadano, el comportamiento del magistrado durante la más reciente sesión de la Sala Plena, cuando se tenía previsto iniciar el estudio de fondo del articulado, justifica la recusación.
La recusación se presentó tras el auto emitido por el magistrado Ibáñez el pasado 22 de julio, mediante el cual se ordenó la práctica de 17 pruebas adicionales con el fin de verificar la legalidad del procedimiento legislativo en la segunda votación de la ley en la Cámara de Representantes, realizada por orden del mismo tribunal constitucional.
Entre las pruebas requeridas se encuentra la remisión, por parte del Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre), del Decreto 737 del 26 de junio y del Decreto 747 del 27 de junio, así como la certificación sobre la salida del país del presidente, Gustavo Petro, el 27 de junio. A la Cámara de Representantes, por su parte, se le solicitó un conjunto de 14 certificaciones e informes sobre citaciones, quórum, actas, constancias, votaciones y cumplimiento del análisis de impacto fiscal.
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El magistrado concluyó que los documentos entregados hasta el momento no permiten constatar con claridad si se cumplieron los requisitos exigidos para corregir el vicio de trámite detectado previamente en la primera votación. Por ello, la Corte suspendió temporalmente su decisión hasta que se recauden las pruebas ordenadas.
Tras conocerse el auto y el aplazamiento del fallo, el presidente Petro y el ministro del Interior, Armando Benedetti, cuestionaron la decisión del alto tribunal. Benedetti afirmó: “¿Es que él no quiere que entre en vigencia la ley? ¿Hay una extralimitación de sus funciones?”. Petro, por su parte, calificó la demora como un “golpe de Estado” y anunció que el Gobierno aplicará desde ya algunos artículos de la ley, como el bono pensional para mayores de 70 y 75 años.
Estas declaraciones motivaron una respuesta de la Corporación Excelencia en la Justicia (CEJ), que rechazó los señalamientos del Ejecutivo, advirtiendo que “representan un riesgo para la separación de poderes y erosionan la legitimidad del sistema judicial colombiano”.
De forma paralela, la segunda vicepresidenta de la Cámara, Lina María Garrido, entregó a la Corte documentos en los que señala supuestas irregularidades cometidas durante las sesiones extraordinarias del 27 y 28 de junio, convocadas para subsanar los vicios detectados. En su comunicación, la congresista afirmó que la corporación “violó el debido proceso legislativo” y que las anomalías podrían derivar en la inexequibilidad de la ley.
El expresidente de la Cámara, Jaime Raúl Salamanca, respondió que su actuación se basó en las decisiones previas de la Corte Constitucional, con el fin de garantizar el cumplimiento del mandato judicial. “Quise pecar por exceso y no por defecto”, concluyó.
Mientras se resuelve la recusación y se recopilan las pruebas solicitadas, el trámite de revisión constitucional de la reforma pensional se mantiene suspendido. Tanto la Presidencia como la Cámara de Representantes disponen de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la recepción del auto, para entregar la información requerida.
(Colprensa)